Información sobre la Ley de Bienestar Animal.

Información sobre la Ley de Bienestar Animal.

En este artículo intentamos solucionar las dudas que puedan surgir acerca de la nueva ley de bienestar animal que recientemente ha sido aprobada por el gobierno. Contenido de la ley, maltrato,  abandono y otras dudas. 

Contenido de la Ley

Esta Ley regula muchas materias que hasta ahora se contenían en leyes autonómicas, y otras nuevas que te explicamos:

Venta de Animales:
Se pueden vender animales en tiendas, con la excepción de perros, gatos y hurones que sólo se podrán vender por un criador registrado. El resto, como conejos y cobayas hasta reptiles, pasando por roedores, peces y tortugas, se pondrán seguir vendiendo como hasta ahora. Eso sí, siempre firmando previamente el  contrato de compraventa, como ya hacemos en KOALA. No se permitirá la venta directa de animales por Internet, con el fin de asegurar su bienestar, la seguridad de la ciudadanía y evitar el tráfico ilegal.

Listado Positivo de Animales de Compañía:
Y para que todos conozcamos qué animales pueden tenerse como animales de compañía,  se va a crear un Listado Positivo de especies silvestres que podrán ser animales de compañía y un Listado de Especies Domésticas de Compañía. Por supuesto, ahora y en el futuro, no pueden tenerse animales incluidos en el Catálogo de Especies Exóticas Invasoras o en el Catálogo de Especies Silvestres Protegidas, como tampoco los venenosos o los que supongan un riesgo para la salud humana, así como para la seguridad personal o la biodiversidad como, por ejemplo, las especies invasoras, puesto sería un riesgo para ti, para tus mascotas y para todos. 

En la actualidad, no hay ningún listado de especies vetadas ni prohibición de tener hamsters, tortugas, periquitos o conejos.

Qué dice la ley sobre los "padres o madres" de mascotas

En ningún caso las obligaciones de la LBA para el propietario de mascotas son prohibiciones, simplemente se pretende fomentar la tenencia responsable de animales.  Vamos a decirte qué dice la Ley sobre tu papel como propietario:

  • Seguir cuidando a tu mascota como lo haces hoy: Procurarle un espacio adecuado, mantenerla limpia, bien hidratada y alimentada, no dejarla sola en un vehículo cerrado, revisarla por un veterinario y mantenerla vacunada.

  • No podrá realizarse cría de animales de compañía con fines comerciales sin ser criador inscrito en el registro oficial que se creará.

  • Curso de formación. Solo las personas que en un futuro sean titulares de perros, deberán realizarlo. Será gratuito y su contenido será determinado por un futuro Reglamento. Hasta que llegue ese momento no será obligatorio.

  • Test de sociabilidad: Se ha suprimido en la Ley definitiva la obligación de realizar un test de sociabilidad

  • Esterilización: La LBA no obliga a esterilizar forzosamente a los animales de compañía en general. Sólo se exigirá en 2 casos: (i) Los gatos se habrán de identificar con microchip y esterilizarlos antes de los 6 meses de edad; (ii) en caso de adopción de perros y hurones, la entidad protectora deberá esterilizar al animal antes de la cesión para la adopción (o asumir el compromiso si bajo criterio veterinario no tuviera edad suficiente). Con carácter general para cualquier persona titular de cualquier especie, se obliga únicamente a adoptar medidas necesarias para evitar la reproducción incontrolada.

  • Acerca del DNI para mascotas. No existe como tal un DNI, pero es esencial la identificación de nuestros animales, por tanto, para la colocación del microchip y su inscripción en los registros autonómicos correspondientes se deberá seguir acudiendo al veterinario/a de su elección, como hasta ahora.

Maltrato Animal en España. ¿Qué multas recoge la Ley Bienestar Animal? .

La LBA establece un régimen sancionador gradual, que depende del grado de daño provocado sobre el animal: 

  • Infracción leve toda conducta que, por acción u omisión y sin provocar daños físicos, ni alteraciones de su comportamiento al animal, conlleve la inobservancia de prohibiciones, cuidados u obligaciones establecidas legalmente o las derivadas del incumplimiento de responsabilidades administrativas por parte de los titulares o responsables del animal.

Las infracciones leves podrán ser sancionadas con un apercibimiento o multa de 500€ a 10.000€.

  • Infracciones graves las conductas que por acción u omisión, y derivada del incumplimiento de las obligaciones o de la realización de conductas prohibidas, impliquen daño o sufrimiento para el animal, siempre que no les causen la muerte o secuelas graves.

Las infracciones graves podrán ser sancionadas con multa de 10.001€ a 50.000€.

  • Infracciones muy graves encontramos conductas tales como el incumplimiento de las obligaciones y prohibiciones exigidas en la LBA cuando se produzca la muerte del animal, siempre que no sea constitutivo de delito. 

Las infracciones muy graves podrán ser sancionadas con multa de 50.001€ a 200.000€. 


Si quieres saber más puedes acceder directamente a la ley aquí. Ley de Maltrato Animal

Abandono Animal en España

Los animales de compañía existen y nos acompañan desde su origen. Con el paso de los años se han ido convirtiendo en compañeros inseparables y en un integrante más de la familia. La tenencia de animales de compañía lleva aparejada una responsabilidad y un compromiso de cuidado hacia al animal. 

Lamentablemente, hoy en día la tasa de abandono animal en España es un problema social real y preocupante frente al que hay que tomar medidas. Ante esto, la LBA promueve diferentes mecanismos para paliar esta situación adoptando medidas de carácter positivo como, por ejemplo, la concienciación ciudadana, la potenciación de la adopción de animales de compañía y la obligación identificar a los perros, gatos y hurones con microchip y el anillado para las aves, de tal forma que mediante el control de los animales se pueda garantizar una adecuada protección. 

A su vez, la LBA recoge como infracción administrativa grave el abandono de uno o más animales, no recoger el animal de las residencias u otros establecimientos similares en los que haya sido recogido en caso de pérdida o sustracción del animal y no cumplir las obligaciones de identificación del animal.

En Koala Mascotas...

En Koala Mascotas colaboramos sin ánimo de lucro con más de 20 entidades protectoras facilitándoles alimentos, cediéndoles nuestros espacios en tienda para que puedan llevar sus animales y así hacerles visibles y fomentar la adopción?

  1. No vendemos perros, gatos y hurones. 

  2. Los animales que vendemos provienen de criadores certificados, con control previo interno veterinario, identificados y vacunados.

  3. ¿Y la adopción? La adopción  se podrá realizar como hasta ahora y además, la LBA la regulará y la promoverá: ¡Cada año se abandonan miles de animales! 

  4. La Ley persigue aliviar la carga que soportan las entidades protectoras, las cuales están al borde de su capacidad. La LBA va reforzar el proceso de adopción a través de tiendas especializadas en el cuidado animal,  permitiendo que las tiendas que tengan un acuerdo de colaboración con protectoras puedan alojar sus animales de manera temporal y así facilitar su adopción. Por supuesto, siempre soportado a través de un contrato de adopción. 

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